Parece que la campañas de concienciación lanzadas por la Dirección General de Tráfico han hecho mella en la manera en que conducimos impulsándonos a respetar más las normas de circulación. No obstante, si debes enfrentarte al pago de multas de tráfico o si quieres, precisamente, evitar tener que hacerlo, te conviene estar informado.
Hay tantos tipos de multas de tráfico (de aparcamiento, por velocidad, por el estado del vehículo, por no llevar puesto el cinturón, por no tener sillas de niños perfectamente homologadas…) que es raro el conductor que no haya sido sancionado alguna vez. Hay infracciones leves, graves y muy graves, cada una con su sanción económica asignada e, incluso, con una cantidad de puntos que se retirarán al conductor multado. En estas líneas te contamos todo lo que necesitas saber para averiguar si tienes multas pendientes, para evitar ser sancionado o para recurrir multas de tráfico que se te hayan impuesto. Te contaremos en detalle qué tipo de sanciones existen y cuáles son sus consecuencias, así como los procesos para evitar pagar una multa que consideres que se te ha puesto de manera injusta. Aunque ya te avanzamos que no es fácil. Además, la gran rebaja que Tráfico ofrece actúa como elemento disuasor ante cualquier tentación de recurrir la sanción.
1. Tipos de multas y sus sanciones
Existen numerosos tipos de multas que conllevan diferentes sanciones en función de si se consideran infracciones leves, graves o muy graves. A continuación hacemos un repaso de las principales multas de tráfico que a las que se exponen los conductores:
- Multas de aparcamiento. En general, estas multas deben notificarse cuando se produce la infracción, bien en mano si el conductor está presente, bien a través del sistema electrónico de la DGT o en el domicilio del denunciado. El estacionamiento se diferencia de la parada en su duración. Para que una parada pase a considerarse aparcamiento cuando supera los dos minutos. Está prohibido aparcar, además de en zonas donde esté expresamente prohibido, en áreas de carga y descarga, en zonas de minusválidos, en aceras, pasos de peatones, vados y en doble fila. Si además de estar mal estacionado, el vehículo entorpece la circulación, la infracción se considerará grave, lo que supone una sanción de 200 euros. Además, será retirado por la grúa, lo cual encarece el importe de este tipo de multas de tráfico. El resto de multas de aparcamiento se consideran infracciones leves y se castigan con 100 euros.
- Multas por alcoholemia. Conducir bajo los efectos del alcohol se considera una infracción muy grave castigada con multas de hasta 500 euros y la retirada de 4 a 6 puntos. Incluso, en los casos más graves, puede acarrear penas de prisión. Las multas por alcoholemia difieren en función del tipo de conductor y de la tasa de alcohol que se detecte, bien en sangre, bien en aire espirado.
- Multas por drogas. Tienen un tratamiento muy similar a la multas por conducir tras haber ingerido alcohol. Se considera igualmente una infracción grave y se castiga de la misma forma, con la salvedad de que cualquier cantidad detectada es objeto de sanción, es el positivo en el control lo que es objeto de multa.
- Multas por conducir hablando por el móvil. Lo más normal es que un policía de paisano nos vea hablando por el teléfono móvil y nos multe. También en ocasiones los helicópteros de tráfico pueden hacer fotos de personas cometiendo esta infracción. Es considerada como grave y su importe suele rondar los 200 euros más la pérdida de tres puntos.
- Multas por conducir sin carnet. Conducir cuando el permiso ha sido retirado o si simplemente se carece de él, se considera una infracción vial muy grave. Se castiga con 500 euros y la retirada de 4 puntos (en aquellos casos donde esto pueda aplicarse, pues en el caso de que hayamos perdido todos los puntos, no nos podrán retirar más). Además de la sanción administrativa, se considera un delito penal.
- Multas por conducir sin casco. Se trata de una infracción grave penada con 200 euros y hasta tres puntos.
- Multas por conducir sin cinturón. Al igual que en el caso anterior, es una infracción grave y la multa asciende a 200 euros y hasta tres puntos.
- Multas por conducir sin seguro. Las multas de tráfico por este tipo de infracción van desde los 600 a los 3.000 euros aproximadamente en función de si el coche estaba circulando o no, del servicio que preste, de la gravedad del hecho que ha provocado, del tiempo que lleva sin seguro o de si el conductor es reincidente.
- Multas de tráfico por velocidad. Son de las más comunes. El máximo de puntos que pueden retirarse por esta causa es de seis y la sanción económica va desde los 100 a los 600 euros en función de si la infracción es grave o muy grave.
- Multas por ITV. Podemos ser multados por tener la ITV caducada, por no haberla pasado o por tenerla negativa. Las multas por ITV ascienden a 200 euros en los dos primeros casos y a 500 en el tercero.
2. Cómo saber si tengo multas de tráfico
Para ver las multas de tráfico que tenemos pendientes, lo más rápido y directo es consultar el banco de datos creado por la DGT en 2010, el TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico) que es, en realidad, un sistema de notificación. De todas formas, conviene saber que la DGT está obligada a enviar la multa por correo certificado; la mera publicación en el TESTRA no es suficiente y podría recurrirse puesto que no tiene validez por sí mismo. Podrás consultar las multas por la matrícula de tu coche o también utilizando tu DNI. Además, puedes pagar las multas de tráfico por internet en ese mismo momento y beneficiarte de descuentos y facilidades en los trámites.
3. El importe por multas de tráfico
Una vez que hemos recibido una multa de tráfico lo primero que se nos viene a la cabeza es la pregunta: ¿qué podemos hacer frente a la notificación de una infracción al volante? Desde compramostucoche.es recomendamos no rehusar las notificaciones recibidas mediante correo postal o en la dirección Electrónica Vial (DEV) en el caso de que estuviésemos dados de alta. A partir de la notificación de cualquier tipo de multas de tráfico dispondremos de un plazo de 20 días naturales para alegar, si no estamos de acuerdo con el importe de la multa de tráfico, o proceder a su abono con el 50% de rebaja. En el caso de no hacerlo y de que venza el plazo de quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción, el cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. La decisión está en tus manos, pero deberás valorar y estudiar las opciones reales que tienes para conseguir que te retiren la multa antes de renunciar al descuento aplicado por pronto pago.
La cuantía de la multa dependerá del tipo de infracción cometida. Al realizar una búsqueda en internet con los términos “importe multas tráfico”, el buscador arroja una cifra aproximada de seis millones de resultados, entre los que nos encontramos numerosos tipos de infracciones así como diferentes opciones para intentar solventar la situación de la manera más sencilla posible. Pero resumiendo y clarificando un poco este tremendo volumen de información, podríamos realizar una clasificación sencilla de tres tipos de multas de tráfico según precios:
- Infracción leve: hasta 100 euros
- Infracción grave: 200 euros
- Infracción muy grave: 500 euros
4. Otro tipo de infracciones
Pero, entrando en materia, nos vamos a encontrar con más tipos de sanciones y diferentes pagos por multas de tráfico dependiendo de la infracción que hayamos cometido:
- Conducción de vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualquier otro tipo de mecanismo dirigido a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico. Esta es una sanción considerada muy grave que puede ser penada con hasta 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.
- La instalación de este tipo de mecanismos por parte de profesionales se considera también una infracción muy grave que se puede llegar a sancionar con multas de 3.000 a 20.000 euros.
- La conducción con tasas de nivel de alcohol en sangre que superen las que establece la ley, se podrá sancionar con una multa de 500 euros y 6 puntos de retirada del carnet de conducir. En el caso de que el conductor ya hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol en sangre permitida por la ley o cuando circule con una tasas que supere el doble de la permitida legalmente, la multa será de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
- Circular conduciendo con presencia en el organismo de drogas se puede sancionar con multas de hasta 1.000 euros y la retirada de 6 puntos en el carnet de conducir.
5. Conductor no identificado
Existe también un caso que crea bastante confusión entre los conductores y sobre el que vamos a tratar de arrojar algo de luz. Nos estamos refiriendo a esas infracciones que tienen lugar pero en las que no se ha conseguido identificar al conductor del vehículo multado. Para este tipo de situaciones, por supuesto, están también previstas las sanciones correspondientes y las penalizaciones legales exigidas. Además cabe señalar que, a diferencia de en otro tipo de sanciones de tráfico, en este caso nunca se aplicará la reducción del cincuenta por ciento por pronto pago. Así que, ante tanta confusión, vamos a hacer una pequeña selección para que puedas estar bien informado sobre el importe de estas multas de tráfico:
- Si la infracción original es leve: el doble de la misma
- Si la infracción original es grave: el triple de la misma
- Si la infracción original es muy grave: el triple de la misma
6. ¿Se puede recurrir multas de tráfico con éxito?
Lo primero que debes plantearte es si la multa es tan importante (y tan injusta) que merece ser recurrida. No es igual una multa de zona azul que una multa por alcoholemia con un importe mucho mayor y retirada de puntos. Si te decides a hacerlo, el proceso para recurrir multas de tráfico comienza por la negativa a abonar el importe de la sanción. Posteriormente, en el plazo de 15 días, deberán presentarse alegaciones en la Jefatura de Tráfico por correo administrativo.También podrás hacerlo en los registros oficiales de la Administración pública. Además de tus datos personales y los datos de la denuncia, deberás aportar pruebas de que la sanción ha sido impuesta injustamente . Si el recurso es desestimado, puedes tomar la vía judicial interponiendo un recurso contencioso administrativo, para lo que deberás pagar primero la multa. Existen empresas especializadas que se encargan de todos los trámites y pueden ayudarte a tener éxito en el recurso.
7. ¿Cómo y dónde pagar las multas de trafico?
A nadie le gusta a acumular multas o deudas. Si te ha sido notificada una sanción de tráfico y puedes asumir su pago, seguramente estás pensando en resolverlo todo lo antes posible. Hoy en día, la DGT hace uso de las nuevas tecnologías y te ofrece todo tipo de facilidades para que puedas olvidarte cuanto antes de tus multas. Además, no pierdas de vista un dato importante: si procedes al pago de tus multas de tráfico durante los 20 días naturales siguientes a la notificación de la misma, el importe de la sanción se reduce en un 50%, salvo en el caso de que la multa se deba al incumplimiento de la obligación de identificar al conductor responsable de una infracción (según el artículo 67 de la Ley de Seguridad Vial).
Multas por exceso de velocidad, aparcamiento, conducir con la ITV caducada… Independientemente del motivo por el que hayas sido sancionado, puedes hacer uso de las siguientes cuatro vías de pago, siempre y cuando te encuentres dentro del periodo de pago voluntario de la misma, es decir, la multa te ha sido interpuesta hace menos de un mes y todavía no se ha pasado a la vía ejecutiva ni se ha abierto un procedimiento de embargo.
- De manera presencial. Puedes pagar tus multas de tráfico presencialmente a través de cajeros automáticos, oficinas de correos, sucursales del Banco Santander o en las jefaturas provinciales y locales de Tráfico. Ten en cuenta que te será siempre requerido el número de expediente que figura en la sanción.
- Por teléfono. Ten a mano tu tarjeta de crédito o débito y el boletín de la denuncia (si te la ha interpuesto un agente) o la notificación de la misma (si la has recibido por correo), y llama al 060. Este número funciona toda la semana las 24 horas del día y a través de él podrás no solo proceder al pago de sanciones, sino también obtener información sobre las mismas.
- Por internet. También con tarjeta de crédito o débito, y siempre a través de la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico. Para el pago puedes hacer uso, si lo deseas, del DNI electrónico o de un certificado digital legalmente reconocido por la Administración.
8. Así puedes pagar tus multas de tráfico por internet
La sede digital de la DGT no solo te sirve para buscar tus multas de tráfico, o comprobar si tienes algún trámite pendiente con esta entidad, sino que también puedes hacer uso de ella para pagar tus multas desde casa. ¿Conoces todos los pasos a seguir?
- Una vez que accedes a la web de la DGT, haz clic en “trámites y multas”, y a continuación en “pago de multas”. De este modo, llegarás a un formulario en el que deberás introducir los siguientes datos: número del documento de identidad, nombre y apellidos o razón social, número de expediente e importe de la multa.
- Con esta información, el sistema localizará tu multa. Si te corresponden descuentos de algún tipo, no es necesario que lo indiques, ya que te serán aplicados de manera automática.
- A continuación te será requerido tu número de tu tarjeta de crédito o débito.
- Posteriormente, si el pago se realiza con éxito, obtendrás el justificante del mismo, de modo que puedas imprimirlo o descargarlo. En este documento figuran la fecha de pago, el importe, el número de la operación realizada y el código de registro que la DGT te ha asignado.
9. ¿Y si no pago mis multas?
Es posible que consideres injusto el motivo por el que te ha sido interpuesta la multa. Las multas de radar o por cámaras de vigilancia pueden llegar a tu casa de manera inesperada y pillarte por sorpresa. Sin embargo, en todo caso, sería recomendable que procedieses a una reclamación. Negarte a pagar tus multas de tráfico o ignorar que las has recibido no te será de gran ayuda. Pasado el periodo de pago voluntario, la denuncia se considerará firme y se pasará a la vía de apremio y a la vía ejecutiva con el consecuente 10% de recargo sobre tu multa. En este momento, recibirás un correo certificado que te informa de la situación. Si ignoras este último, el recargo ascenderá al 20% y la Agencia Tributaría podría proceder al embargo de tus bienes localizables.